Nuevas ayudas para apoyar las actuaciones de modernización del comercio rural del Principado de Asturias, mediante la incorporación de elementos físicos y funcionales que mejoren su potencial de mercado y faciliten una gestión más competitiva.
Modalidad
Subvención a fondo perdido.
Acciones Subvencionables. Cuantía
La realización de las actuaciones debe estar comprendida entre el día 1 de Noviembre de 2011 y el 31 de Octubre de 2013.
LÍNEA 1. Renovación de la imagen del establecimiento comercial:
Tiene por objeto la realización de proyectos integrales de renovación, incluyendo la realización de obras o reformas sustanciales y adquisición de equipamientos innovadores que impliquen una efectiva modernización de la actividad comercial.
La inversión mínima de la actuación será de 9.000 € y no podrá superar los 200.000 €.
LÍNEA 2. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación:
Son actuaciones subvencionables en esta línea la adquisición de equipamiento y aplicaciones informáticas de gestión del establecimiento comercial así como la creación e implantación de páginas web destinadas a la promoción y al comercio electrónico. Se incluye la implantación de redes informáticas o modificación y ampliación de las existentes.
El gasto mínimo por estos conceptos será de 1.200 €.
Cuantía de la subvención:
La cuantía se determinará mediante prorrateo entre los beneficiarios, con el máximo del 60% del valor de los conceptos subvencionables. En todo caso, ningún beneficiario podrá obtener una subvención superior a cincuenta mil euros (50.000 €).
Siempre que no se superen estos límites, la adhesión del beneficiario al sistema arbitral de consumo y la obtención del certificado según la norma UNE 175.001 de Calidad de Servicio para Pequeño Comercio, supondrá en cada caso un incremento del porcentaje de subvención de hasta el 5%.
Beneficiarios
Son beneficiarios las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan la consideración de pymes comerciales rurales, dentro del ámbito territorial del Principado de Asturias.
Los comercios beneficiarios de estas ayudas deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se encuentren ubicados en núcleos de población de menos de 1.000 habitantes.
b) Que se trate de establecimientos minoristas destinados a la venta de toda clase de artículos al por menor, fundamentalmente
de alimentación, droguería y productos para el turista. Concretamente, deberán estar incluidos en alguna de las agrupaciones o epígrafes correspondientes del I.A.E.:
641, 642, 643, 644, 645, 647.1, 647.2, 647.3, 651, 652.2, 652.3, 652.4, 653, 657, 659.2, 659.3, 659.4, 659.5, 659.6, 659.7 y 662.2.
c) Que la zona dedicada exclusivamente a la tienda disponga de una superficie de exposición y venta al público no superior a los 200 m² y que se encuentre separada de las áreas del local dedicadas a otras actividades, tales como bar, restaurantes, carnicería, etc..
d) El titular de la actividad, o el local comercial en que se desarrolle la misma, debe tener tres años de antigüedad en el ejercicio de alguna actividad comercial subvencionable. Dicha antigüedad debe estar comprendida dentro de los últimos diez años anteriores a la fecha en que finaliza el plazo de presentación de la solicitud.
e) Que dichos establecimientos dispongan de horarios muy amplios a lo largo del año.
f) Deberá presentar una oferta de productos y servicios realizada con los criterios actualizados del merchandising, incluyendo las acciones de comunicación (publicidad, animaciones y promociones) en el punto de venta.
g) Que estén dispuestos a incorporarse a la Red de Comercios Rurales Asturianos.
h) Las personas físicas o jurídicas solicitantes de la subvención deberán estar inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Comerciales (REAC) o haber solicitado la inscripción en dicho Registro.
i) Que hayan realizado la formación y el asesoramiento personalizado en materia de merchandising, gestión informatizada y atención al cliente con la Cámara de Comercio, Industria y Navegación correspondiente a su jurisdicción.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de abril de 2013.
Información y tramitación
Consejería de Economía y Empleo
Dirección General de Comercio y Turismo
Servicio de Promoción y Desarrollo Comercial
Plaza España nº 1- 1ª planta
33007 Oviedo
Tel.: 985 106 670
Fax: 985 108 219
Enlaces de interés para la subvención: