ACTUALIZACION : nueva subvención web para autonomos 2010
Desde hace unos dias están disponibles para los autónomos de Aturias las subvenciones para la creación de páginas web a través del “Plan de Innovación del Autónomo en Tecnologías de la Información y la Comunicación” (PIATIC). .
Resumo los puntos mas importantes del documento que podeis encontrar en www.piatic.net , la Resolución es del 12 de enero de 2009, de la Consejería de y Empleo:
1. Plazo
- el plazo finaliza el 22 de Marzo de 2009.
2. Beneficiarios
- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los autónomos, inscritos en el régimen especial de trabajadores autónomos,
que estén radicados y desarrollen una actividad económica en el territorio del Principado de Asturias - No tendrán esta consideración los autónomos colaboradores y las personas socias de sociedades mercantiles de capital.
- No podrán ser beneficiarios de estas ayudas quienes, en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud hayan recibido ayudas para el desarrollo de una página Web.
3. Algunos de los requisitos
- Hallarse en situación de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
- Hallarse en situación de alta en el impuesto de actividades económicas en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, salvo los supuestos de exención regulados en el artículo 23 de la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la ley 39/1988, de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas Locales.
- No estar incurso en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y no ser deudor del Principado de Aasturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
4. Qué se subvenciona
Podrán ser objeto de subvención los gastos de desarrollo e implantación de una página Web cuyos contenidos versen exclusivamente sobre la actividad profesional o empresarial que el autónomo/a desarrolla en el Principado de Asturias y siempre que se ajuste a las especificaciones que se señalan a continuación:
- Gastos de Desarrollo
A. Web Presencial
B. Web Dinámica
C. Web con servicios de valor añadido
- Gastos de Implantación
A. Alta del dominio
A. Alta y contrato de alojamiento del primer año.
B. Alta y mantenimiento, durante el primer año, de cuentas de correo electrónico asociadas al dominio.
C. Mantenimiento de la página Web durante el primer año.
5. Cuantía de las subvenciones
A. Web Presencial y gastos de implantación
% Máximo: hasta el 50%
Gasto max. subvencionable: 1.000 €
Cuantía subvención max. : 500 €
B. Web Dinámica y gastos de implantación
% Máximo: hasta el 50%
Gasto max. subvencionable: 2.000 €
Cuantía subvención max. : 1.000 €
C. Web con servicios de valor añadido y gastos de implantación
% Máximo: hasta el 50%
Gasto max. subvencionable: 3.000 €
Cuantía subvención max. : 1.500 €
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