¡Nueva convocatoria de Kit Digital!
Destinada a la digitalización de comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y sociedades profesionales y sociedades civiles con objeto mercantil.
¡Opta a tu bono digital si tienes menos de 50 empleados!
¿A quién va dirigido la nueva convocatoria de Kit Digital?
Esta nueva convocatoria va destinada a la digitalización de comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y sociedades profesionales y sociedades civiles con objeto mercantil.
¿Cuándo voy a poder solicitar la ayuda?
Según la página oficial, las ayudas podrán solicitarse a partir del próximo 12 de septiembre del 2023 desde las 11:00 horas a través de la sede electrónica Red.es
¿Cuál es el objetivo?
Tiene como objetivo la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital, es por esto que la nueva convocatoria cuenta con un presupuesto inicial de 100 millones de euros ampliables.
Requisitos
¿Quiénes pueden beneficiarse?
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria de ayudas comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en los Segmentos que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras:
- a) Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
- b) Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados.
- c) Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas entre 0 y menos de 3 empleados.
Inscripción en el censo de empresarios
Deberán estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que deberá reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses, tal y como dispone el artículo 8.1. b) de las Bases Reguladoras.
En el caso de que se haya realizado el cambio del Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria al equivalente de la Administración Tributaria Foral, y viceversa, se tendrá en consideración para la presente Convocatoria el periodo que haya permanecido inscrito en ambos.
Otros requisitos
Los beneficiarios deberán cumplir el resto de los requisitos establecidos en el artículo 8 de las Bases Reguladoras:
- a) No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014 y el Reglamento (UE) n.º 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021, tal y como se recoge en el Anexo II de las Bases Reguladoras.
- b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- c) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
d) No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquellas. - e) No superar el límite de ayudas de minimis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de las Bases Reguladoras.
f) Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/).
Cómo solicitar la ayuda de Kit Digital
Los pasos para la solicitud son los siguientes (consúltalos todos de manera más exhaustiva aquí)
- Registrarse en el área privada de http://www.acelerapyme.es con el NIF de la entidad y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos.
- Consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican en el catálogo que se puede consultar en www.acelerapyme.es.
- Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/).
Una vez se comprueba que la entidad cumple los requisitos, se concede el bono digital que podrá ser de 12.000€, 6.000€ o 2.000€ en función su tamaño.
Envista – Agente Digitalizador del Programa Kit Digital
Envista es agente digitalizador y tiene a tu disposición 8 soluciones digitales:
- Web – presencia online SEO
- Automatización de procesos
- Marketing / Redes Sociales
- Cuadro de mandos / Análisis de datos / Odoo / Data Studio
- Soluciones de gestión / Odoo / CRM
- Comercio electrónico – Tienda online
- Presencia avanzada en Internet – SEO
- Factura electrónica.
¿Necesitas un agente digitalizador que te dé un servicio integral? ¡Hola! ¿Hablamos?